Los fallos emitidos se unen a otros similares dictados en Tribunales de País Vasco y Valencia.
Dos sentencias pioneras en Galicia reconocen el derecho de dos madres de familias monoparentales a disfrutar de las 16 semanas de permiso correspondientes al segundo progenitor en el caso de una familia biparental.
En concreto, la justicia reconoce el derecho de ambas madres a ampliar el permiso por nacimiento, acogimiento o adopción en el tiempo que correspondería al segundo progenitor en el caso de una familia biparental en sendas sentencias dictadas por los juzgados de lo social número 3 de Ourense y número 1 de Vigo.
Estas sentencias se unen a las dictadas en octubre de 2020 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y en mayo de este año por el juzgado de lo social número 16 de Valencia.
Ambas madres son integrantes de Madres Solteras por Elección (MSPE) una asociación constituida por personas que han decidido tener hijos sin pareja y formar una familia monoparental, y que se ha encargado de difundir los fallos judiciales este martes preservando los datos personales de las demandantes.
De hecho, desde la delegación en Galicia de MSPE consideran «muy positivas ambas sentencias, ya que buscan no discriminar a los menores con respecto a los que nacen en familias con dos progenitores y cuyos padres y madres disponen de más tiempo de permiso remunerado para sus cuidados».
La primera demandante tuvo a su hija sin pareja en septiembre de 2021 (el caso de Ourense) y decidió reclamar al INSS con el apoyo de la Asociación Madres Solteras por Elección. Después de haberle sido denegado el tiempo de permiso correspondiente al otro progenitor interpuso la demanda.
La sentencia, se reconoce su derecho a «alargar las semanas que le corresponderían de haber otro progenitor, y ese presunto progenitor tendría 16 semanas aunque seis coincidieran con las de la madre».
En la sentencia ejecutiva, aún habiendo sido recurrida, el juez determina que se ha de disfrutar del tiempo de maternidad adicional y del pago correspondiente, ya que no tendría sentido que tuviese que esperar a la sentencia firme para disfrutarlo. En caso de existir un fallo a favor, éste se vería desvirtuado, porque el hijo o hija a los que beneficia no volverá a tener 6, 7 u 8 meses.