Los empresarios que impongan mediante engaño a sus trabajadores condiciones laborales o de Seguridad Social que les perjudiquen podrán ser castigados con penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses.
Así se incluyó en la reforma de ley orgánica del Código Penal en materia de lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, debatido en la comisión de Justicia del Senado.
Asimismo, recibirán el mismo castigo los empresarios que den ocupación simultáneamente a varios trabajadores sin comunicar su alta en el régimen de la Seguridad Social.
Igualmente, se penará a los que en las transmisiones de empresas mantengan esas condiciones perjudiciales para los trabajadores, mientras que a los que lleven a cabo esas conductas con violencia o intimidación se les impondrán las penas superiores en grado.
Esta enmienda junto con otra también del PP de carácter técnico han sido las únicas que se aprobaron de un total de 77 en el debate en comisión del citado proyecto.
La modificación del Código Penal incluye un nuevo subtipo de delito agravado para las ´conductas más graves´ en el ámbito fiscal y contra la Seguridad Social, que pasan a ser sancionadas con una pena máxima de seis años de cárcel y que prescribirán en un plazo de diez años (frente a los cinco actuales).
Además, el proyecto del Ejecutivo introduce una ´rebaja importante´ de la pena para quienes reduzcan el perjuicio causado a Hacienda regularizando los activos ocultos en el plazo de dos meses después de recibir la citación judicial o colaborando en la identificación de otros responsables.