EL SUPREMO DECLARA NULO EL DESPIDO DE UNA CAJERA POR SER GRABADA SIN SABERLO

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de una cajera que trabajaba en un supermercado Champion de un municipio de Vizcaya y que fue grabada evitando el escaneo de diversos productos en beneficio de un comprador.

El Alto Tribunal dice que la empresa no informó de que el objetivo de las cámaras fuera controlar a los trabajadores, por lo que no podía utilizar esta prueba contra ella.

La decisión del Supremo, estima el recurso de la trabajadora contra la decisión adoptada en su día por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y obliga a readmitirla.

A juicio del alto tribunal, ´la ilegalidad de la conducta empresarial no desaparece por el hecho de que la existencia de las cámaras fuera apreciable a simple vista´, y para ello se remiten a la doctrina del Tribunal Constitucional según la cual no basta que existan distintivos anunciando la instalación de cámaras, sino que es necesario informar a los trabajadores de forma precisa de la finalidad de los dispositivos.

En este caso, por la empresa se dijo que las cámaras fueron instaladas en 2008 para evitar robos, pero no se dio información previa a la trabajadora del uso que se daría a las grabaciones ni de que éstas fueran a ser examinadas o utilizadas para la imposición de sanciones a la plantilla.

La sentencia, que cuenta con el voto particular de uno de los magistrados de la Sala, será comunicada en los próximos días, según ha informado el Supremo.

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