Llegó a un acuerdo con la empresa para su despido, y después la demandó ante los tribunales por discriminación

Un empleado que trabajaba para una Compañía desde junio de 2021 como director de personal, con un salario mensual de 4.166 euros.

Un puesto de trabajo que el hombre mantenía, a pesar de padecer un linfoma cutáneo, hasta noviembre de 2024. Momento en el que el trabajador, según expone ahora la sentencia, «puso en conocimiento de la empresa su deseo de abandonar la misma».

«La empresa y el trabajador acordaron simular un despido disciplinario», expone el fallo del TSXG.

Un «despido» que se hacía efectivo el 12 de diciembre, cuando la empresa comunicaba a Virgilio el cese de la relación laboral, alegando motivos disciplinarios. Cese que se producía apenas 24 horas después de que el trabajador iniciara un proceso de incapacidad temporal.

Si bien este caso que el trabajador decidió llevarlo ante los tribunales, en concreto, ante el Juzgado de lo Social nº3 de Lugo, ante el que suplicaba la declaración de nulidad del despido por vulneración de sus derechos fundamentales, solicitando una indemnización de 35.000 euros y también la cantidad de 1.646 euros por las vacaciones no disfrutadas.

No es un despido, es un pacto

Caso ante el que el juzgado estimaba parcialmente las pretensiones de trabajador, únicamente acogiendo el pedimento de la reclamación de cantidad por las vacaciones no disfrutadas y los días de compensación según convenio.

Fallo que el hombre llevaba en recurso de suplicación ante el TSXG y volvían a desestimar las pretensiones del empleado supuestamente despedido.

Así pues, en el recurso, alegaba el trabajador que, pese a que sí había existido una «negociación para explorar una salida pactada», él firmó «no conforme, tanto en la carta de despido como en el finiquito entregado».

Del mismo modo, aseguraba que los documentos del caso no permitían concluir la existencia de un negocio simulado, y que tampoco existió una «baja voluntaria del trabajador», dado que no se ha demostrado «una declaración de voluntad clara, consciente e inequívoca».

Alegaciones que rechazaba la empresa, que aseguraba que no existía un despido, sino «un acuerdo entre las partes a los efectos de poner fin a la relación laboral», que pudo probar.

Un caso en el que el TSXG, partiendo del relato histórico contenido en la sentencia de instancia, valora que la relación laboral finalizó «tras poner de manifiesto el trabajo su deseo de abandonar la empresa y llevarse a cabo un proceso negociador».

Valoración que lleva al tribunal a desestimar el recurso del trabajador.

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